8.1 Responsable del Tratamiento
DIESA S.A. actúa como responsable del tratamiento de los datos personales
recopilados a través del presente formulario. Para consultas, el denunciante podrá dirigirse al área de
Compliance a través del canal oficial habilitado a tal efecto.
8.2 Marco Normativo Aplicable
El tratamiento se realiza con apego a: (i) Ley N° 6534/2020 de Protección de
Datos Personales Crediticios; (ii) Código Laboral Paraguayo (Ley N° 213/93); (iii) Código Penal Paraguayo
(Ley N° 1160/97) y sus leyes especiales; (iv) normativa antilavado de dinero aplicable (SEPRELAD); y (v)
estándares internacionales de compliance y gobernanza corporativa adoptados por la Empresa.
8.3 Finalidad del Tratamiento
Los datos serán tratados exclusivamente para: (i) gestionar, tramitar e
investigar la denuncia; (ii) contactar al denunciante para requerir información complementaria; (iii)
cumplir obligaciones legales y regulatorias; (iv) reportar a autoridades competentes cuando la normativa
lo exija; y (v) generar registros estadísticos internos anónimos para el mejoramiento continuo del sistema
de Compliance.
8.4 Datos Recopilados
Según la opción elegida, podrán recopilarse: (i) datos identificatorios
(nombre, apellido, correo, teléfono); (ii) datos de contexto laboral o relación con la Empresa; (iii)
datos de terceros mencionados, con idénticos estándares de confidencialidad; y (iv) evidencia documental
aportada voluntariamente. En caso de denuncia anónima, no se recabará ni almacenará dato identificatorio
alguno.
8.5 Estructura Responsable del Tratamiento
El tratamiento involucra: (i) Área de Compliance: recepción, registro,
clasificación y coordinación de la investigación; (ii) Área Legal: evaluación jurídica y determinación de
acciones legales; y (iii) Recursos Humanos: ejecución de medidas disciplinarias y laborales cuando
corresponda. Ninguna otra área tendrá acceso sin autorización expresa de la Dirección.
8.6 Confidencialidad y Seguridad
La Empresa garantiza el tratamiento estrictamente confidencial de toda la
información. Se adoptarán medidas técnicas y organizativas para prevenir el acceso no autorizado, la
alteración, pérdida o divulgación indebida. La identidad del denunciante no será revelada a los
investigados bajo ninguna circunstancia, salvo disposición judicial expresa en contrario.
8.7 Comunicación de Datos a Terceros
Los datos podrán comunicarse exclusivamente cuando: (i) sea requerido por el
Ministerio Público, órganos jurisdiccionales, SEPRELAD u otros organismos de control; (ii) resulte
indispensable para la investigación, previa autorización de la Dirección; y (iii) la Empresa recurra a
procesadores externos con obligaciones equivalentes de confidencialidad.
8.8 Manejo de Evidencia — Cadena de Custodia
Toda evidencia será identificada, preservada en su integridad original y
documentada en cuanto de su origen y cadena de custodia interna. Se prohíbe expresamente: (i) alertar
prematuramente a los involucrados; (ii) manipular, copiar o distribuir evidencia fuera del proceso; y
(iii) omitir el registro de cualquier actuación relacionada con la investigación.
8.9 Plazo de Conservación
Los datos serán conservados durante el tiempo necesario para cumplir las
finalidades que motivaron su recopilación y, en todo caso, por el plazo mínimo exigido por la normativa
legal aplicable. Concluida la investigación y agotados los plazos legales, los datos serán eliminados o
anonimizados de forma irreversible.
8.10 Derechos del Titular de los Datos
El denunciante que haya proporcionado datos identificatorios podrá ejercer ante
Compliance: (i) Acceso: conocer qué datos propios están siendo tratados; (ii) Rectificación: corregir
datos inexactos; (iii) Cancelación o Supresión: solicitar la eliminación cuando ya no sean necesarios; y
(iv) Oposición: oponerse al tratamiento en los casos previstos por la normativa.
8.11 Veracidad y Responsabilidad del Denunciante
El denunciante declara que la información es veraz y aportada de buena fe. Las
denuncias falsas podrán generar: (i) responsabilidad penal conforme al Código Penal Paraguayo; (ii)
responsabilidad civil por daños y perjuicios; y (iii) medidas disciplinarias internas si el denunciante
fuera colaborador. El canal no podrá usarse como mecanismo de represalia.
8.12 Protección frente a Represalias
La Empresa garantiza que ninguna persona que presente una denuncia de buena fe
será objeto de represalias, discriminación, sanción ni perjuicio de ningún tipo. Esta garantía aplica con
independencia del resultado de la investigación y es extensiva a los testigos y colaboradores del proceso.